
En concreto, el requerimiento estimaba inaplicable el artículo 9 del Código Minero, y el artículo 16 de la Ley Orgánica Constitucional sobre concesiones mineras, por considerar vulnerado su derecho constitucional a la no discriminación arbitraria en materia económica, y al derecho de propiedad.
El abogado que representa a los privados, Patricio Zapata, explicó que la sentencia del TC es de carácter administrativo, por lo que la legalidad del acuerdo para la explotación del litio aún debe ser revisada por la Corte de Apelaciones.
La sentencia desechó la inaplicabilidad del artículo 9, pues los particulares “carecen de derechos y, aun siquiera de una mera expectativa”, en relación a aprovechar el litio existente en el salar.
Respecto al derecho de propiedad, señala que si bien los requirentes explotan el yacimiento, carecen de derechos sobre las sustancias inconcesibles existentes en sus concesiones mineras, como lo es el mineral no metálico.
Fuente:https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-atacama/2019/07/30/tc-rechaza-recurso-de-seis-sociedades-mineras-por-explotacion-del-litio-en-salar-de-maricunga.shtml



